El desistimiento de marca es una figura jurídica que permite al titular o solicitante renunciar voluntariamente a sus derechos o pretensiones sobre una marca, ya sea durante el proceso de registro o una vez concedido. Este acto puede tener diferentes formas y consecuencias dependiendo del momento en que se produzca: desistimiento en la solicitud, en el registro o en el uso de la marca.
¿Qué tipos de desistimiento de marca existen?
1. Desistimiento en la solicitud
El desistimiento de marca durante el proceso de solicitud ocurre cuando el solicitante decide abandonar el trámite antes de que la oficina de propiedad industrial (como la OEPM o la EUIPO) conceda el registro. Puede deberse a diversos motivos, como un acuerdo con un tercero, la detección de un conflicto con una marca anterior o un cambio en la estrategia comercial.
Para que el desistimiento tenga efectos y sea formalmente registrado debe presentarse en la oficina correspondiente un escrito indicando que se desiste de esa marca en concreto. Este tipo de desistimiento implica que la solicitud se considera retirada y deja de producir efectos. La marca no llega a registrarse, y por tanto el solicitante pierde cualquier prioridad o derecho derivado de esa solicitud. Además, las tasas pagadas no son reembolsables, y si se desea registrar de nuevo la marca deberá presentarse una nueva solicitud desde cero.
2. Desistimiento del registro
Una vez concedida la marca, el titular puede decidir renunciar a ella de forma total o parcial. Esto se conoce como desistimiento del registro. La renuncia total supone la extinción completa del derecho sobre la marca, mientras que la parcial afecta solo a determinados productos o servicios para los que se había registrado.
El desistimiento del registro debe presentarse por escrito ante la oficina competente y, una vez aceptado, el derecho desaparece del registro público. Esto permite que otros puedan solicitar o usar signos similares, siempre que no existan otras marcas en conflicto. Sin embargo, si la marca era parte de acuerdos de licencia o cesión, la renuncia podría afectar a los derechos de terceros, por lo que se requiere su consentimiento en algunos casos.
3. Desistimiento en el uso de la marca
El desistimiento en el uso no es una renuncia formal, pero sí tiene consecuencias jurídicas relevantes. Si el titular deja de utilizar la marca durante un periodo continuo de cinco años, puede perderla por falta de uso efectivo ya que cualquier tercero podría solicitar la caducidad por falta de uso del registro, argumentando que la marca ha dejado de cumplir su función distintiva en el mercado.
Sin llegar a perder la marca, la falta de uso puede implicar la pérdida de ciertos derechos o protección: en caso de que el titular de una marca que tenga más de cinco años presente oposición contra una nueva solicitud, el solicitante puede pedir que el oponente pruebe el uso suficiente de su marca. Si no puede demostrar ese uso continuado durante los cinco años anteriores a la nueva solicitud, la oposición será desestimada; y si sólo se prueba para algunos productos/servicios la oposición seguirá, pero teniendo en cuenta la marca oponente sólo para esos productos/servicios concretos.
En conclusión, el desistimiento de marca, en cualquiera de sus formas, implica la pérdida —voluntaria o por inacción— de derechos exclusivos. Por ello, antes de tomar la decisión de desistir, es fundamental analizar sus efectos legales y estratégicos para evitar consecuencias no deseadas.


