Cuando el esfuerzo y la dedicación han dado frutos en tu empresa en forma de invenciones técnicas, seguro que quieres protegerlas. Primero, para que nadie puede apropiarse de ellas; son tuyas: tus ideas y tu esfuerzo. Segundo, porque esos registros incrementan el valor de tu empresa; son activos que puedes transmitir o licenciar, que además son exclusivos tuyos, algo que nadie más tiene.
La inversión en investigación e innovación es la clave del éxito de muchas Pymes, startups y empresas tecnológicas, pero claro, no todas tienen la misma capacidad financiera, y las patentes son costosas.
Por ello hay que valorar cual es la mejor forma de proteger tus ideas, adaptándose siempre a cada caso y bolsillo.
¿Qué diferencia hay entre una patente y un modelo de utilidad?
Debemos ser conscientes de que para proteger una idea no sólo contamos con la figura de la patente. Aunque menos «famosos», los modelos de utilidad son una fórmula igual de válida para proteger tus derechos.
Los modelos de utilidad o «patentes menores» protegen mejoras en productos ya existentes (a través de la forma, la estructura o la constitución de un objeto), que proporcionan una ventaja técnica (como por ejemplo incluir una rosca en el palo de la fregona para poder cambiar el mocho). No protegen procedimientos.
Las patentes protegen una invención más elaborada, algo totalmente nuevo, como por ejemplo una vacuna contra el coronavirus.
Los requisitos para registrar un modelo de utilidad, por lo tanto son menos estrictos y técnicos. El proceso de registro es más rápido y menos costoso.
¿Qué necesito para registrar un modelo de utilidad?
- No se quiere tanto tecnicismo como para una patente, pero sí es necesario elaborar una memora descriptiva. recomendablemente redactada por un ingeniero experto en la redacción de patentes. No exige un Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).
- Tienen que ser novedoso e implicar actividad inventiva, es decir, que aporte una solución no muy obvia para un experto en la materia.
- Tiene que tener una aplicación industrial
También será necesario el abono de una tasa de solicitud y pagar un mantenimiento a la Oficina en la que se haga el registro, cada año en el caso de España.
¿Cuánto dura la protección?
Una vez registrado, en España la protección es de 10 años, no renovable.
¿Cuál es el procedimiento de registro?
Una vez presentados los formularios, la memoria descriptiva y el pago de la tasa, la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) publica la solicitud y da un plazo para que terceros puedan oponerse a su concesión. La Oficina no examina de oficio la novedad o la actividad inventiva del modelo de utilidad, por lo que si no recibe oposiciones el modelo de utilidad será concedido.
Pero ojo, conviene hacer una búsqueda previa, porque aunque el modelo de utilidad sea concedido sin oposiciones, puede darse el caso de que haya algo similar registrado. En ese caso, su titular siempre podrá con posterioridad acudir a los Tribunales para solicitar la anulación de ese registro.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si tienes dudas sobre cómo proteger tus ideas, si no sabes si tu idea es novedosa, si necesitas ayuda con la documentación (técnica o no) que hay que presentar, si necesitas que gestionemos por ti una subvención, si prefieres asesoramiento sobre en qué países protegerlo (no todos los países contemplan esta figura) y cómo… consúltanos, sin compromiso. Nuestros Agentes en Propiedad Industrial e Ingenieros especializados están encantados de ayudarte.
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