En este artículo queremos hablar de la actualización que sufrió la ley de patentes. El 1 de abril de 2017 entró en vigor la nueva Ley de Patentes en España (Ley 24/2015, del 24 de julio); la modificación definitiva de la Ley 11/1986, del 20 de marzo, que nos ha acompañado durante más de tres décadas. Este cambio se debe al objetivo de modernizar la legislación, adaptarla al contexto actual y el ámbito internacional, además de, agilizar la carga administrativa en los trámites.
Aspectos clave en la Ley de Patentes 24/2015
Uno de los cambios que más novedades presenta es el establecimiento de un único procedimiento de concesión para todas las patentes solicitadas después de la entrada en vigor de esta ley. Este proceso supondrá la necesidad de superar un examen sustantivo para alcanzar la solicitud basado en requisitos como la patentabilidad, la novedad o la actividad inventiva.
A continuación, se exponen algunos de los cambios principales con respecto a la Ley de Patentes de 11/1986:
- Se sustituyen las oposiciones previas a la concesión por un sistema de oposición post-concesión. En consecuencia, se modifica el régimen de recursos administrativos contra la concesión de la patente.
- La figura del modelo de utilidad, que es otra modalidad con la que también se pueden proteger invenciones, se modifica también en aspectos sustanciales, como son la determinación del estado de la técnica relevante, el tipo de invenciones que pueden ser protegidas bajo esta modalidad y las condiciones para ejercitar las acciones en defensa del derecho derivado de este título de protección.
- Se reduce en un 50% la tasa de solicitud, búsqueda de patentes, examen y anualidades 3ª, 4ª y 5ª para determinados emprendedores y Pymes.
- Las universidades públicas dejan de estar exentas del pago de algunas tasas, por ejemplo, la tasa de búsqueda internacional en el marco del Tratado PCT.
Otros aspectos claves de la actualización de la Ley de Patentes:
- Se eliminan las divulgaciones inocuas y se limita la exhibición en oposiciones.
- Se reordena y simplifica el régimen de licencias obligatorias.
- Certificados complementarios de Protección de medicamentos y productos fitosanitarios.
- Obligatoriedad de informar sobre la procedencia de la materia biológica.
- Se separan excepciones del “uso experimental” y “cláusula bolar”.
- Litigios: se amplía a 2 meses el plazo para contestar demandas.
Nuestra filosofía de empresa se basa en ofrecer una atención personalizada y directa con nuestros clientes, para conocer sus necesidades y así proteger al máximo la imagen de marca, nombre comercial o invenciones que posea la empresa, igualmente todo ello realizado con la tecnología más avanzada y uno de los precios más competitivos del mercado. Garantizamos la máxima rapidez y seriedad en las gestiones encomendadas.