Las patentes confieren protección y exclusividad a invenciones novedosas, con carga inventiva y de aplicación a la industria. Las patentes biológicas, como su propio nombre indica, protegen las invenciones biológicas, que son invenciones relativas a un producto compuesto de materia biológica o que la contenga o relativas a un procedimiento que permita producir, tratar o utilizar materia biológica (Regla 26 (2) CPE (Convenio sobre la Patente Europea)), siendo la materia biológica toda materia que contenga información genética y que sea autorreproducible o reproducible en un sistema biológico (Regla 26 (3) CPE). Como ejemplos, se pueden incluir organismos vivos, secuencias de ADN, métodos de tratamiento médico y procesos biotecnológicos. La biotecnología tiene repercusión en nuestro día a día a través de su aplicación en la agricultura, la sanidad y la protección del medio ambiente.
A través de la protección y la exclusividad temporal que confiere a sus inventores sobre su utilización, creación, venta e importación (entre otros derechos), las patentes estimulan la innovación y la inversión en investigación, potenciando al mismo tiempo el desarrollo de las industrias farmacéuticas y biotecnológicas.
Raíces de las patentes biológicas
El concepto de patentes biológicas tiene sus raíces en la expansión de la biotecnología en el siglo XX. Con el advenimiento de técnicas avanzadas como la ingeniería genética y la clonación, surgió la posibilidad de patentar formas de vida modificadas y secuencias genéticas. Desde entonces, el ámbito de las patentes biológicas se ha expandido para incluir una variedad de invenciones, como genes humanos y animales, células madre, anticuerpos monoclonales y métodos de diagnóstico y tratamiento. Todo ello, inevitablemente, ha generado discusiones éticas sobre su protección y monopolio, que desembocan en diferentes regulaciones en función del país o región en el que se quiera proteger una determinada invención biotecnológica: mientras que algunos permiten la patentabilidad de genes y formas de vida, otros tienen restricciones estrictas. En Europa, por ejemplo, la Directiva sobre la Protección Jurídica de las Invenciones Biotecnológicas establece límites a lo que puede ser patentado, excluyendo los métodos de tratamiento médico y quirúrgico y las variedades de plantas y razas de animales.
Las patentes biotecnológicas deben cumplir los mismos requisitos y seguir el mismo procedimiento de registro que el resto de las patentes de cualquier ámbito tecnológico, aunque dada la naturaleza de la biotecnología y sus implicaciones éticas, existen reglas específicas que deben aplicarse al considerar la patentabilidad de una invención en este campo. Por todo ello, en la protección de una patente se hace imprescindible el asesoramiento de profesionales especializados como Agentes de la Propiedad Industrial e ingenieros.
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